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Aval hipotecario: qué es y qué implica para el avalista

dinero

Entre las opciones que existen para poder acceder a una hipoteca, está la figura del aval. Esta es la forma en la que las entidades financieras buscan una forma de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de carácter económico que tiene la persona que firma el préstamo.

Es un paso importante convertirse en avalista, por lo que no se debe tomar a la ligera. El motivo es que se adquiere la obligación de responder ante la falta de pago del avalado. Por lo tanto, se toma la función de garantía para el banco para recuperar la inversión realizada. Y, siempre, hablamos de una figura que tiene validez jurídica.

El aval es una buena forma de conseguir un préstamo importante

Conseguir en la actualidad un préstamo hipotecario que sea de más del 80% de dinero necesario es muy complicado, en especial para los más jóvenes. Una de las formas que existen para lograrlo, es recurrir a una avalista que tenga el compromiso para el banco de responder ante posibles impagos. Hay figuras de todo tipo que suelen hacer esto, siendo lo más común que hagan esto los familiares (un claro ejemplo de lo que decimos son los padres).

 Existe en ocasiones una gran confusión a la hora de saber qué significa exactamente responder ante el impago de una deuda. Básicamente, lo que ocurre es que, si la persona que es titular del préstamo hipotecario no paga con las cuotas establecidas, se procede al embargo de sus bienes y, si estos son insuficientes, el avalista tiene que poner lo que falta. Para ello, se tiene que recurrir a dinero en efectivo o, en su defecto, otras formas de acabar con la deuda (coche, vivienda, etc.). Es decir, que hablamos de un riesgo importante que se debe valorar en su justa medida, ya que se pueden tener problemas graves de no ser sensato.

Hipotecantes no deudores, una figura desconocida

En muchas ocasiones lo que se suele hacer por parte de los padres para que un hijo acceda a un préstamo de más del 80%, es poner su vivienda como respuesta ante la posible falta de pagos del tomador de la hipoteca. Esto no los convierte en avalistas como tal, sino que pasan a ser hipotecantes no deudores. Es parecido, sí, pero no es lo mismo.

En este caso, lo que se garantiza es el porcentaje superior al 80% de la hipoteca firmada, en exclusiva (no del montante total de esta). Así, si se incurre en una falta de pago, el banco no puede ejecutar el embargo de algo que no sea la vivienda del titular y el riesgo es mucho menos porque la cuantía siempre es más baja. Por lo tanto, es una opción mucho más recomendable por el menor riesgo que presenta.

Los requisitos que se suele pedir para aceptar un aval

Aunque se puede pensar lo contrario, no todos los avales son adecuados para los bancos que, a fin de cuentas, son los que exponen el dinero dándoselo a una persona que no lo tiene en metálico para realizar una compra. Aunque la figura del aval ahora se mira con lupa, especialmente después de los problemas del 2008, es posible utilizar esta figura… pero en general para que alguien sea aceptado en caso de duda final -por estar en una condiciones de devolución algo justas-. Es decir, que se minimizan los riesgos por parte de las entidades al aceptar un aval.

Las condiciones óptimas para que se pueda estar seguro de que se concederá un préstamo hipotecario en la actualidad, son las que enumeramos a continuación:

  • Que la cuota hipotecaria no supere el 30% de tus ingresos anuales
  • Contar con un contrato fijo de dos o más años de antigüedad o ser funcionario
  • Disponer de un efectivo que suponga el 20% del valor del inmueble más la suma de gastos.

Si no llegas por muy poco a cumplir con lo antes mencionado, puedes recurrir a un avalista que haga que la balanza se incline a tu favor para que el banco te dé el préstamo que necesitas. En este caso, la persona que se posicione como la que proporciona el aval, debes cumplir con estas dos cosas:

  • Tener deuda cero, por lo que no debe tener un préstamo vigente y, además, su patrimonio debe superar a lo que demanda el banco.
  • Demostrar solvencia para poder asumir el pago de las cuotas en el caso de que el titular no pueda hacerlo.

Los riesgos de convertirte en avalista

Existen y no son precisamente menores. Por lo tanto, antes de hacer nada, hay que valorar seriamente si lo que pude suceder te merece la pena, ya que los bancos no van a entender de motivos sentimentales. Tal y como se inicia en el Código Civil, si el titular de un préstamo no cumple con sus obligaciones, es el avalista el que debe hacerlo… y será de la forma que sea necesaria.

Así, por ejemplo, las entidades financieras pueden acometer el embargo de la nómina que se tiene para hacer efectivos los pagos de las letras y, además, tiene potestad para hacer que el avalista responde con sus bienes presentes y, de ser necesario, los futuros. ¿Y esto qué significa? Pues que incluso las personas jubiladas exponen su pensión. Es incluso posible ir más allá, debido a que el aval al que recurrir pude estar compuesto de fondos de inversión e, incluso, todo tipo de inmuebles. En definitiva, que los riesgos son evidentes.

Por cierto, actualmente existe algo que es importante tener presente desde que se aprobó la nueva Ley hipotecaria: la figura de la dación en pago. Esto no es otra cosa que, si el hipotecado no puede hacer frente a los pagos, puede responder con el propio inmueble que se ha hipotecado. Por lo tanto, es posible evitar que los avalistas tengan problemas en lo que tiene que ver con la pérdida de sus viviendas. Esto hace que el aval tenga una menor importancia, como hemos comentado antes, pero en ocasiones es la única forma de conseguir que los bancos accedan a admitir a alguien a la hora de conceder un préstamo.

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