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Así serán las hipotecas con la nueva ley

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Tal como se ha confirmado, en esta segunda mitad del año se aprobará como proyecto de Ley la nueva ley hipotecaria. Desde el Ministerio de Economía han declarado que no hay otra legislación a nivel europeo que sea tan garantista. Esto se debe a que se aumenta la protección al consumidor, siguiendo las directrices europeas. Esto es algo que podría llevar a pensar que se encarecerían los créditos hipotecarios pero se insiste en que no será así.

¿Qué cambios en las hipotecas traerá esta nueva ley?

Hay muchos puntos en los que se han hecho cambios y uno de ellos son los gastos de formalización. Antes la ley obligaba a las entidades bancarias a desglosar los gastos de formalización así como notario, registro y también impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Pero no se especificaba quién tenía que asumir los costes. Ahora serán ambas partes las que tendrán que asumir los costes de manera equitativa.

Para que las hipotecas a tipo fijo se vean incentivadas, desde el Gobierno afirmaron que eliminarán la comisión de reembolso anticipado desde el tercer año. Los dos años anteriores tendrán un límite del 0,25% del importe del préstamo.

Asimismo se ha avanzado que los intereses de demora no podrán sobrepasar tres veces el interés legal que tiene el dinero. Uno de los factores que más preocupaba de esta ley.

Por otro lado, queda prohibido que una entidad financiera obligue a contratar con ello determinada clase de seguro para poder conceder la hipoteca. Habrá excepciones, pero éstas serán fijadas por el Banco de España.

Por otro lado se permite reducir el tipo de interés que se aplica siempre en relación a la contratación de varios productos. En este caso, la entidad estará obligada a presentar dos presupuestos, uno con y otro sin las bonificaciones.

Por otro lado, la nueva ley endurecerá el régimen para los bancos. Ahora no tendrán derecho al cobro de ninguna penalización si el hipotecado solicita la amortización, sea total o parcial, pero solo si se pide en los tres primeros años de la hipoteca. Lo que sí podrá es cobrar una compensación, pero siempre que no supere el 0,5% del capital amortizado.

En cuanto a notarios y registradores, el consumidor tendrá la obligación de visitar al notario antes de firmar para recibir la información de las cláusulas y así responder a todas las dudas que pudiera tener. Todo esto de manera completamente gratuita.

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